Tomas10 Publicado 22 de Diciembre del 2011 Reportar Publicado 22 de Diciembre del 2011 La sala L de la Cámara Civil, con las firmas de los jueces José Luis Galmarini y Marcela Pérez Pardo, adoptó la decisión en el marco de un juicio de divorcio, en el que la responsabilidad recayó sobre el esposo y al que se le atribuyeron "injurias graves". La separación de hecho de la pareja se produjo en 2005, pero según constan en la causa el hombre había iniciado relaciones afectivas a través de Internet antes de esa fecha. Para los jueces, el hombre le provocó un "daño moral" tal a su esposa que la mujer merece ser indemnizada. Los magistrados no sólo tuvieron en cuenta los amoríos del hombre sino que con una de las mujeres que conoció a través de Internet tuvo dos hijas después de la ruptura matrimonial. "El estado civil de casados les impone el deber de respetarse mutuamente en orden y con razón en el vínculo jurídico que los une", sostiene el fallo. Las infidelidades "lesionan el derecho a la paz en el ámbito de la familia y el bienestar y felicidad en la relación conyugal", agrega. "La conducta adquirió tal trascendencia que excedió, desbordó la protección de la familia", resume el fallo. Clarin
Publicaciones recomendadas
Crear una cuenta o conéctate para comentar
Tienes que ser miembro para dejar un comentario
Crear una cuenta
Regístrese para obtener una cuenta nueva en nuestra comunidad. ¡Es fácil!
Registrar una nueva cuentaConectar
¿Ya tienes una cuenta? Conéctate aquí.
Conectar ahora