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Gobierno versus Dolar, nuevos requisitos para grandes compradores


El_Tano

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Tras obligar a liquidar el 100% de sus exportaciones a las mineras y petroleras y repatriar sus inversiones en el exterior a las aseguradores, el Banco Central ahora puso la mira en las compras de dólares de contado y en las operaciones inmobiliarias y en la adquisición de empresas. El fin es el mismo: controlar las operaciones con dólares para evitar la salida de divisas del país (que ronda los US$ 3.000 millones mensuales) y asegurarse billetes para controlar el valor de la moneda.

 

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El Banco Central informó que en su reunión de hoy aprobó dos normativas. La primera establece un mecanismo de mayores requisitos para quienes compren montos superiores a 250.000 dólares por año calendario sin fines específicos. Además de demostrar el patrimonio, el comprador deberá explicar de dónde obtuvo los pesos para comprar los dólares. El fin, según el Central es "restringir las operatorias con fondos provenientes de la informalidad que buscan eludir las normativas cambiarias".

 

"Así, en lugar de establecer la compatibilidad de las compras de moneda extranjera con las declaraciones de bienes personales –según fija la norma hoy en vigencia- en adelante se deberá demostrar que se cuenta con fondos específicos justificados para aplicar a la compra de moneda extranjera. Los requisitos que fija la nueva normativa están orientados a mejorar la transparencia y origen genuino de las operaciones de cambio y a limitar las maniobras que podrían estar relacionadas con el fondeo de mercados informales que utilizan la operatoria del llamado 'contado con liquidación'” (que es la triangulación que se hace con la compra de bonos y acciones para sacar dólares del país), informó el Central.

 

La segunda normativa exige que, en las compras de empresas locales, aportes de capital o adquisición de inmuebles por parte de no residentes, el ingreso de fondos se deberá registrar en el mercado local de cambios al momento de efectuar la inversión.

 

"La norma aprobada por el directorio del BCRA establece como requisito en los casos antes mencionados que, para una eventual repatriación al exterior de los fondos sin la conformidad previa del Banco Central, se deberá haber registrado el ingreso de las divisas en el mercado local de cambios al momento de efectuar la inversión inicial", explicó la entidad y agregó que, "a partir de la nueva norma, si una empresa no residente compra una empresa local, y con posterioridad decidiera vender la misma a un residente, para poder remitir al exterior esos fondos sin requerir la conformidad del Banco Central se deberá demostrar que fueron ingresados los recursos en el mercado local de cambios al momento de comprar la empresa local en cuestión. En caso contrario, deberá pedir la autorización previa del Banco Central para remitir esos fondos".

 

Este nuevo requisito no alcanza a las inversiones realizadas antes de la norma, a las inversiones que no se materializan con un desembolso de fondos, así como tampoco será necesario para el giro al exterior de las rentas generadas por las inversiones.

 

El Banco Central informó que las nuevas medidas "otorgan a las entidades autorizadas a operar en cambios pautas uniformes para evaluar la capacidad de compra de moneda extranjera de libre disponibilidad de los clientes. De esta forma, se avanza en la transparencia de la operatoria cambiaria y se evitan criterios subjetivos".

 

via: Clarin

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